INSTRUCCIONES A TENER EN CUENTA RESPECTO A LA VACUNA CONTRA EL COVID-19
El Ministerio del Trabajo mediante la Circular 47 del 5 de agosto de 2021 determinó las siguientes instrucciones para garantizar que los trabajadores acudan a los puestos de vacunación aun en la jornada laboral:
- El empleador debe promover e impulsar la vacunación de sus trabajadores garantizando, propiciando y promoviendo su asistencia a los puestos de vacunación aun dentro de la jornada laboral otorgando los permisos requeridos para ello.
- Los empleadores deben continuar con la implementación de los protocolos de bioseguridad establecidos en la Resolución 777 de 2021.
- El empleador debe desplegar las acciones, mecanismos y establecer protocolos de bioseguridad para proteger la vida y la salud de los trabajadores, así como garantizar que las actividades laborales se ejecuten en condiciones seguras de cara a mitigar la propagación del Covid-19.
Finalmente, la entidad señaló que la aplicación de la vacuna no puede ser una exigencia o requisito para el ingreso o permanencia en el empleo, pues el empleador estaría incurriendo en una prohibición señalada en el numeral 9° del artículo 59 del Código Sustantivo del Trabajo.
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*Créditos de la imagen: Legal Today
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